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En GRUPO ODA DINÁMICA Nos encargamos de todas las gestiones

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Todos los servicios incluidos

Olvídate de todo deposita tu confianza en manos de profesionales


Todos los requisitos legales exigidos por los organismos de turismo gestionados por grupo oda dinámica


Aquí te dejamos con los requisitos que grupo oda tramitará para abrir tu propia agencia de viajes

Aval de garantia hasta 100.000€.

Seguro de responsabilidad civil hasta 600.000€ por cobertura.

600.000€ por R.C. de la explotación del negocio.

600.000€ por R.C. indirecta o subsidiaria.

600.000€ por R.C. por daños patrimoniales primarios.

Análisis y revisión de tu certificado para estar al corriente de las obligaciones tributarias: Hacienda y Seguridad Social.

Análisis y revisión de la auditoría para enviar a la administración de turismo del registro de tu nombre comercial de agencia de viajes.

Análisis y revisión para enviar a la administración de turismo de la solicitud de registro de tu dominio web.

Analisis y revisión para enviar a la administración de turismo de la solicitud de registro de tu correo electrónico profesional de empresa.

Prestación de uso del Soporte corporativo de GRUPO ODA DINÁMICA de 30 años de aval en el sector para añadir a tu marca.

Empresas turísticas de mediación: Agencias de viajes.


Son:

Las personas (físicas o jurídicas) que pueden comercializar y organizar viajes combinados.

Las únicas que pueden utilizar los términos “viaje”, “viaje combinado(1)”, “paquete turístico”, (o su correspondiente en cualquier idioma), en la rotulación de sus actividades.
(1): Se entiende por viaje combinado o forfait, lo establecido en el artículo 151.1 del Real Decreto Legislativo 1/2007 o normativa que transponga la Directiva 2015/2302 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2015, relativa a los viajes combinados y a los servicios de viaje vinculados.

Requisitos legales como autónomo


Para abrir una agencia de viajes online como autónomo, lo primero que tendrás que hacer es darte de alta como autónomo.


Te explicamos paso a paso cómo hacerlo:


DARTE DE ALTA COMO AUTÓNOMO EN LA SEGURIDAD SOCIAL


Tienes que presentar el modelo TA0521 en alguna de las administraciones de la Seguridad Social o de forma telemática en un máximo de 60 días antes de iniciar tu actividad.


Así te darás de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Al presentar el modelo deberás acompañarlo de:


DNI, tarjeta de extranjero o pasaporte.

Tarjeta de la Seguridad Social.

Permiso de trabajo para trabajadores de nacionalidad extranjera.

Copia u original de tu alta en Hacienda. En el momento del alta definirás tu base de cotización y las coberturas por las que cotizas.

DARTE DE ALTA COMO AUTÓNOMO EN HACIENDA


Una vez cursada el alta en la Seguridad Social, debes darte de alta en Hacienda, presentando el modelo 036 (Declaración censal de alta, modificación y baja en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores) o el modelo 037 (el mismo modelo pero simplificado).


Ambos incluyen tus datos personales, los detalles de la actividad que vas a realizar, tu dirección fiscal y tus obligaciones tributarias, es decir, los impuestos que deberás pagar.


El modelo 036 es propio de aquellos profesionales en regímenes de IVA especiales, por lo que la mayoría de autónomos pueden presentar directamente el modelo 037.


Al tramitar el alta en la delegación de Hacienda de tu municipio, también estarás dándote de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE), aunque con toda seguridad, estarás exento de pagar este impuesto, ya que deberás facturar más de un millón de euros anuales para no estarlo.


Requisitos legales como empresa


Para abrir una agencia de viajes online como empresa, lo primero que tendrás que hacer es constituir una empresa.


Te explicamos paso a paso cómo hacerlo:


EL CERTIFICADO NEGATIVO DE DENOMINACIÓN SOCIAL PARA CONSTITUIR UNA EMPRESA


El primero de los pasos para crear una sociedad es decidir y registrar el nombre de la empresa. Para ello, debemos ir al Registro Mercantil y asegurarnos que el nombre que hayamos elegido no esté registrado por ninguna otra empresa.


Para seguir viendo cómo se constituye una sociedad en España es necesario pasar por la Agencia Tributaria. Allí tendremos que dar de alta nuestra empresa en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) y cumplimentar el modelo 036.


Para conseguir el CIF provisional tendremos que entregar fotocopias del DNI del firmante y un acuerdo de voluntades (donde se refleja los socios, actividad y básicos de la futura compañía).


LA CUENTA BANCARIA CON EL CAPITAL MÍNIMO


Los pasos para constituir una sociedad mercantil en España continúan con la apertura de una cuenta bancaria. Esta cuenta debe estar a nombre de la sociedad y en la misma se debe depositar el capital mínimo.


Recordamos que si lo que queremos es conocer los pasos para constituir una sociedad anónima en España, en este momento tendremos que ingresar 60.000€ de capital entre todos los socios. Si, por el contrario, vamos a montar una sociedad limitada, solo serán necesarios 3.000 euros.


Una vez que el capital esté ingresado, tendremos que pedir un certificado al banco que tendremos que presentar ante notario.


LAS NORMAS DE LA EMPRESA O ESTATUTOS SOCIALES


Entre los trámites legales para constituir una sociedad se encuentra la redacción de los estatutos sociales. Estos estatutos no son más que las normas que detallan el funcionamiento de la empresa.


Se trata del aspecto más complicado entre los diferentes pasos para crear una sociedad, por lo que es muy habitual encargarlo a una asesoría legal como la nuestra.


Dentro de los estatutos deben aparecer una serie de aspectos:


Denominación de la sociedad.

Sociedad de Responsabilidad Limitada.

Objeto Social o actividad de la sociedad.

Fecha de cierre de cada ejercicio.

Domicilio social.

Capital Social.

Participaciones.

Valor nominal de cada participación.

Sistema de administración de la sociedad.


LA ESCRITURA DE CONSTITUCIÓN DE LA EMPRESA



El siguiente paso es ir al Registro Mercantil de la provincia donde tengamos nuestra sede social;
Previo paso por la Dirección General de Tributos de la Comunidad Autónoma correspondiente , donde se liquida el modelo 600 por Actos Jurídicos Documentados.


En el Registro Mercantil tendremos que aportar los siguientes documentos para crear una sociedad limitada: copia del CIF provisional, certificación negativa de denominación social y copia auténtica de la escritura de constitución. Para realizar este paso tendremos dos meses desde la obtención de la escritura.


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